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24/02/2016
Muskiz adjudicará próximamente siete huertos urbanos
El plazo de presentación de la documentación necesaria para acceder a los terrenos permanecerá abierto hasta el 4 de marzo
Hasta el próximo día 4 de marzo permanecerá abierto el plazo de presentación de la documentación necesaria para acceder a una de las siete huertas urbanas que ha acondicionado el Ayuntamiento de Muskiz en el barrio de Pobeña.
Los muskiztarras interesados en disponer de un huerto de ocio en Pobeña deben presentar la solicitud debidamente cumplimentada, la fotocopia del DNI y el documento acreditativo del empadronamiento en el Registro General del Ayuntamiento, antes del día 4 del próximo mes de marzo. Seis días después se publicará la lista provisional de admitidos. El sorteo de las huertas se celebrará el día 19 de marzo, en el salón de plenos del ayuntamiento de Muskiz.
Con esta adjudicación se pondrá en marcha de manera definitiva este proyecto que comenzó en julio de 2015, con la firma del convenio que la corporación formalizó con Petronor para la cesión de una parcela rústica de 1.300 metros cuadrados. Desde esa fecha, la corporación ha ido realizando los trabajos previos de adecuación del terreno, delimitación de cada uno de las parcelas y la instalación de las casetas destinadas a aperos de labranza. En este tiempo, también se ha procedido a la elaboración y redacción de la Ordenanza Reguladora de los Huertos de Ocio, que finalmente se publicó en el BOB el día 19 de noviembre.
Los interesados en disponer de una huerta, para lo que será requisito imprescindible tener una antigüedad de más de 3 años consecutivos en el padrón municipal de Muskiz, deberán hacerse cargo de los gastos de mantenimiento y riego de la explotación. Además, deben comprometerse a plantar hortalizas, frutas o verduras sin delimitar el espacio de su terreno mediante setos, muros, vallas o cualquier otro elemento constructivo.
La ordenanza reguladora establece que los adjudicatarios de estos huertos urbanos de ocio deben destinar los terrenos exclusivamente a la explotación agrícola y no a ninguna otra actividad paralela, como el almacenaje, la tenencia de animales o la construcción de txokos y cabañas. El texto determina que el periodo de vigencia de las cesiones de terreno es de un año, tácitamente renovable por anualidades.
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